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CONTRATO DE COLABORACIÓN
"INSIDERS PROGRAM"

Este Contrato se suscribe entre la Firma: “INFLUENTIAL COMPANY GROUP, que en este contrato será representada por su REPRESENTANTE LEGAL: "JOSÉ ALFREDO FUENTES FERNÁNDEZ" con RFC: FUFA920912S65 y que declara ser una persona Física, mayor de edad y que acepta por voluntad propia representar a "LA FIRMA" y que en lo sucesivo se le denominará "LA FIRMA" y por la otra parte “EL/LA EMBAJADOR(A)" que se identifica en el Registro Online que se encuentra en la parte inferior de esta misma página Contrato INSIDER (www.influentialcompany.com/contratoinsiders) y que declara ser mayor de edad y tener la capacidad jurídica para suscribir este contrato y en adelante se le denominará “EL/LA EMBAJADOR(A)".

Ambas partes acuerdan llevar A CABO ESTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

 

DECLARACIONES

 

I.- DECLARA “LA FIRMA” y su “REPRESENTANTE LEGAL”:


A) Que su domicilio se encuentra ubicado en Ciudad Satélite, Naucalpan de Juarez, Estado de México, que cuenta con el número móvil: +525519491923 y el Correo Electrónico: influentialcompanygroup@gmail.com como mecanismos y canales para establecer un contacto directo para los objetivos de este contrato.

C) Que cuenta con la capacidad, infraestructura, conocimientos y recursos necesarios para dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el presente contrato.

D) Informó y mostró a “EL/LA EMBAJADOR(A)" la información completa y necesaria sobre los proyectos, productos, servicios e información del "Programa INSIDERS" (www.influentialcompany.com/insiders) dentro de "LA FIRMA".

 

II.- DECLARA “EL/LA EMBAJADOR(A)":

 

A) Llamarse como ha quedado plasmado en el Registro Online de este Contrato que se encuentra en la parte inferior de esta página Contrato INSIDER (www.influentialcompany.com/contratoinsider) y haber llenado todos los datos de manera correcta, con verdad y con datos reales.

B) Que es su deseo obligarse en todas las CLÁUSULAS y Términos y Condiciones del presente Contrato, manifestando que cuenta con la capacidad legal para la celebración de este Contrato en Colaboración Mutua, destacando su Domicilio, su RFC, su Teléfono de Contacto y Correo Electrónico.

 

Expuesto lo anterior, y una vez reconocida la capacidad y la personalidad de las partes, se comprometen a lo establecido en lo que se contiene en las siguientes CLÁUSULAS:

 

CLÁUSULAS

 

1.- OBJETIVO DEL PRESENTE CONTRATO:

El presente Contrato de Colaboración Mutua reglamenta la relación entre "LA FIRMA" y “EL/LA EMBAJADOR(A)", en virtud de la cual este(a) mismo(a) acepta y declara vincularse por voluntad propia al equipo de Comisionistas y Representantes Comerciales y/u Operativos  de "LA FIRMA", con el objetivo de asesorar, recomendar, ofrecer, vender y operar los productos y/o servicios a posibles prospectos y clientes finales de "LA FIRMA", generando así una red de clientes, usuarios y miembros y que a cambio de estas mismas actividades este(a) mismo recibirá pagos, comisiones y/o bonificaciones según lo establecido y actualizado por "LA FIRMA" en la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla) que se encuentra en este contrato.

 

2.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE “EL/LA EMBAJADOR(A)".

“EL/LA EMBAJADOR(A)" tendrá las siguientes obligaciones y derechos:
Mediante la firma del presente contrato, “EL/LA EMBAJADOR(A)" entiende que adquiere la calidad de “EMBAJADOR(A)" y que dentro de "LA FIRMA" se les hace llamar "INSIDERS / EMBAJADORES" y acepta conocer y cumplir con las obligaciones y responsabilidades inherentes al programa una vez que ingrese como “EMBAJADOR(A)" de "LA FIRMA" de acuerdo con el Contrato y sus anexos denominados Políticas, Procedimientos y Plan de Negocios, los cuales hacen parte integral de este Contrato, y todos en conjunto se denominarán el Contrato. “EL/LA EMBAJADOR(A)" declara que ha leído este contrato y todos los documentos incorporados por referencia y acuerda cumplir y sujetarse a los términos y condiciones que contienen, que principalmente se refieren a la promoción y en algunos casos a la operación de los eventos, servicios y/o productos con los que cuenta "LA FIRMA". Bajo el presente Contrato de Colaboración Mutua se establece que “EL/LA EMBAJADOR(A)" no presta ningún servicio, ni tampoco establece una relación laboral hacia con "LA FIRMA" y que conviene y acepta en los siguientes incisos:


A) PROCESO DE INGRESO.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acuerda y conviene en cumplir con todas las cláusulas e incisos del presente contrato y acepta que al Firmar y/o llenar el Registro de la presente página Contrato INSIDER (www.influentialcompany.com/contratoinsider) el presente Contrato da por iniciado y comienza un Proceso de Capacitación de 3 Meses, quedando claro que iniciará en el primer Nivel de este Proceso denominado “INSIDER" y que durante estos 3 MESES de capacitación "LA FIRMA" lo(a) capacitará y pondrá a prueba para gestionar los productos, servicios, eventos, negocios y proyectos relacionados con "LA FIRMA" y terceros, siempre con honestidad y de acuerdo con las buenas costumbres comerciales y las leyes aplicables, desarrollando una conducta en armonía con el interés público, evitando toda práctica descortés, engañosa, desleal, falsa o que conlleve falta de ética.

Es de importancia mencionar que durante este periodo de 3 Meses de Capacitación del Primer Nivel denominado "INSIDER", “EL/LA EMBAJADOR(A)" no podrá solicitar operar ningún contrato o servicio de "LA FIRMA" hasta estar correctamente y capazmente capacitado(a) y que pueda cumplir con los estándares de conocimiento y calidad adecuados a lo parámetros y certificaciones de "LA FIRMA".

B) “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que todos los contenidos audiovisuales donde pudiera aparecer este(a) misma, ya sea en el Sitio Web, Redes Sociales y otras plataformas de "LA FIRMA" fueron grabados, producidos y editados durante su periodo de colaboración con "LA FIRMA" y fueron grabados de forma voluntaria, sin establecer ningún acuerdo comercial y que es de su conocimiento que serán utilizados con propósitos publicitarios e informativos y autoriza el uso de su imagen y también en caso de recesión o termino de este mismo para que "LA FIRMA" siga utilizando dichos contenidos sin generar ningún beneficio económico para  “EL/LA EMBAJADOR(A)".


C) PROCEDIMIENTOS.- Solicitar a los invitados, clientes, usuarios, miembros y prospectos de "LA FIRMA" los pagos correspondientes por la Prestación de Servicios, entrega de productos y/o acceso a eventos de conformidad con los requisitos estipulados en las Normas y Procedimientos de "LA FIRMA".


D) METAS Y OBJETIVOS.- Cumplir con las metas y objetivos definidos en las Normas y Procedimientos y el Plan de Negocios de "LA FIRMA", incluyendo el acto de Reclutamiento de nuevos miembros para el "Programa INSIDERS" y así poder obtener las comisiones y/o bonos especiales estipulados en la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla)


E) HONESTIDAD Y NO ALTERACIONES.- Presentar honestamente a terceros los eventos, productos, proyectos y servicios de "LA FIRMA" sin alteración alguna.


F) INFORMACIÓN OFICIAL.- Explicar de forma adecuada el Plan de Negocios y el Programa INSIDERS avalado por "LA FIRMA" y hacer uso únicamente de las Presentaciones Oficiales y/o Publicidad diseñada y/o aprobada previamente por "LA FIRMA".


G) SEGURIDAD SOCIAL.- Que corre por su cuenta y es su obligación afiliarse a algún sistema de salud en su entidad Federativa correspondiente y pagar la seguridad social, retenciones, deducciones, tasas, impuestos y demás rubros requeridos por ley o ya sea contratar por su parte un Seguro de Gastos Médicos Mayores y deslinda a "LA FIRMA" de dichos pagos y que deberá mostrarlos cada vez que sea requerido, así como también se compromete a llevar su propia contabilidad o cubrir los costos de esta misma, en caso de ser necesario.

H) PAGOS Y/O COMISIONES.- Recibir las ganancias que le correspondan, entendiendo que su remuneración consistirá únicamente en comisiones y/o bonificaciones provenientes de la colocación de Contratos por Prestación de Servicios, Venta de Productos y/o acceso a Eventos de "LA FIRMA" ya sea que hayan sido colocados por el/ella mismo(a) y/o por su línea de Equipo Directo como lo muestra la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla) y que no recibirá comisiones, ni bonificaciones por el único hecho de generar citas y/o posibles prospectos.

Las comisiones y/o bonificaciones serán pagadas mediante transferencia bancaria, retiro sin tarjeta o disposición de efectivo en tiempo no mayor a 3 días hábiles al ser liquidadas por el cliente o usuario y se pagará de las siguiente forma:

Los montos y porcentajes correspondiente según la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla) quitando los impuestos denominados de ISR e IVA.


I) IMPUESTOS.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" reconoce y acepta que en caso de ser necesario "LA FIRMA" tendrá derecho a deducir, retener o a compensar de sus comisiones y/o bonificaciones los porcentajes correspondientes a los impuestos IVA e ISR sobre cualquier cantidad colocada por este mismo y/o cualquier otra cantidad de dinero que “EL/LA EMBAJADOR(A)" adeude a "LA FIRMA".

J) TIPO DE INGRESOS .- “EL/LA EMBAJADOR(A)" da por entendido y aceptados los siguientes puntos:

  • “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que no se le garantiza ningún ingreso fijo, si no funge ningún rol operativo dentro de "LA FIRMA".

  • “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que no se le asegura ninguna utilidad o éxito.

  • “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que es libre para determinar su propio horario de forma unilateral para desempañar dichas actividades. Cabe mencionar que si existen horarios de capacitaciones preestablecidos para una mejor organización de todos los colaboradores e involucrados con "LA FIRMA" y que estos horarios son elegidos por estos mismos de manera democrática y por motivos de organización y optimización de tiempos y no por obligación por parte de "LA FIRMA".

  • “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que deberá utilizar su propio equipo o herramientas de trabajo y en algunas ocaciones podrá utilizar equipo de "LA FIRMA" en caso de ser necesario, cabe mencionar que este equipo no le pertenece y deberá entregarlo en el mismo estado en que lo tomo. En caso de pérdida, daños, robo o alguna alteración, “EL/LA EMBAJADOR(A)" deberá cubrir los daños y/o perdida generados bajo su uso.

  • “EL/LA EMBAJADOR(A)" podrá determinar sus propios ingresos con base a sus aportaciones (contratos cerrados, ventas generadas, proyectos gestionados y accesos a eventos) hacia con "LA FIRMA". Como “EMBAJADOR(A)" reconoce que ni "LA FIRMA", ni su patrocinador han hecho afirmación alguna garantizando recibir ganancias fijas que puedan asimilarse a algún SUELDO o SALARIO y que todas las ganancias esperadas que podrían ser resultados de sus esfuerzos como "EMBAJADOR(A)" de "LA FIRMA" se encuentran en la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla) 


K) PLAN DE NEGOCIOS.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" reconoce que de acuerdo con la estructura de pago del Plan de Negocios, este(a) podrá eventualmente beneficiarse de esta estructura tipo venta directa por las comisiones y/o bonificaciones basadas en sus propias ventas y las de su línea descendente en la red de "EMBAJADORES(AS)" que él o ella desarrolla, por lo que “EL/LA EMBAJADOR(A)" reconoce que el propósito de ser parte y desarrollar una red de "EMBAJADORES(AS)" para ganar comisiones y/o bonificaciones por las ventas realizadas por dicha red en colaboración con "LA FIRMA" y que el sólo hecho de desarrollar tal red no genera ninguna comisión y/o bonificación a “EL/LA EMBAJADOR(A)".

L) CONSULTAS.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" podrá formular a "LA FIRMA", preguntas, consultas y solicitudes de aclaración relativas a los productos, proyectos, servicios, eventos y/o sobre el contenido de las presentaciones o documentos de "LA FIRMA", así como también sobre cualquiera de las cláusulas del presente Contrato, Aviso de Privacidad, Acuerdo de Confidencialidad y de la forma en que opera el Plan de Negocios.


M) PERMISOS.- Abstenerse de vender, mostrar, ofrecer, exportar y/o comercializar de cualquier manera que no haya sido autorizado por "LA FIRMA" o alguno de sus Representantes Legales, en caso de que “EL/LA EMBAJADOR(A)" lo hiciera se le dará de baja en automático y sin necesidad de aviso previo y sin que "LA FIRMA" tenga ninguna responsabilidad legal, penal o civil, así mismo perderá acceso a todas sus comisiones y bonos por el cierre de contratos o proyectos gestionados por el/ella y que vinculen a "LA FIRMA" u/o terceros y se podrá hacer acreedor(a) a una multa por parte de "LA FIRMA" y de las consecuencias legales que cause su falta.

N) MANEJO DE INFORMACIÓN.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta que las Normas, Manuales de Procedimientos, Plan de Negocios, Listas de Clientes y Prospectos, Equipo Tecnológico y de Cómputo, Material Financiero, Presentaciones Oficiales, Material Legal (Contratos, Convenios y Acuerdos), Estrategias de Mercadeo y Material Publicitario, Material Didáctico e Interactivo, Plataformas Online y Digitales, Redes Sociales y Sitios Web y todos los demás derivados de estos(as) son propiedad de "LA FIRMA" y que contienen información confidencial que deberá mantenerse en reserva durante la vigencia de este Contrato y con posterioridad a su terminación. “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta y conviene que únicamente podrá darle uso a dicha información y documentación en virtud del desarrollo del negocio o relación hacia con "LA FIRMA", en caso de que “EL/LA EMBAJADOR(A)" transmita a terceros dicha información sin previa autorización de "LA FIRMA", esta misma podrá proceder de manera legal y se le cobrará a “EL/LA EMBAJADOR(A)" un cargo moratorio de $50,000 MXN | , más la penalización que las autoridades correspondientes crean pertinentes.


Ñ) AUTORIZACIONES.- "EL/LA COLABORADOR(A)" no tiene derecho de actuar sin previa autorización y revisión a nombre de "LA FIRMA" ni tiene la autoridad, derecho, ni el poder de suscribir un acuerdo o contrato o en ninguna manera crear una obligación, ni tomar una decisión por "LA FIRMA".

O) INFRACCIONES.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" estará sujeto a las sanciones disciplinarias que se especifiquen en las Normas y Procedimientos vigentes en la fecha de comisión de la infracción, las cuales serán aplicadas por "LA FIRMA" por la violación o desacato de cualquier término o disposición del Contrato y también se someterá a consecuencias legales en caso de ser necesario y/o de no llegar a una solución previa con "LA FIRMA".

P) CONFIDENCIALIDAD.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acuerda y conviene que no podrá llevar a cabo ningún proyecto, actividad comercial y/o negoció externo que este relacionado con alguno de los giros de "LA FIRMA" y ni con ningún talento, colaborador, ex colaborador, cliente, ex cliente comprobable de "LA FIRMA", así como también acuerda y conviene en no utilizar ninguna estrategia, idea, presentación, talento de "Influential House" (www.influentialcompany.com/house) y/o contacto a los cuales haya tenido acceso dentro de su relación con "LA FIRMA" por el tiempo que dure este contrato y hasta 10 años posteriores y también acuerda que en caso de plagio, robo, uso inadecuado de los datos, omisión del Acuerdo de Privacidad y/u omisión del Acuerdo de Confidencialidad, “EL/LA EMBAJADOR(A)" se someterá a las autoridades correspondientes y en caso de encontrarlo(a) culpable se procederá a su penalización estipulada por dichas autoridades y aparte se compromete a pagar $50,000 MXN a "LA FIRMA" como cargo moratorio.

Q) SALIDA Y/O SEPARACIÓN.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta y conviene que en caso de abandonar "LA FIRMA", deberá dar aviso a "LA FIRMA" con 15 días mínimos de anticipación y deberá hacerse responsable de concluir y/o traspasar y/o delegar, los pendientes y acuerdos asumidos por su parte en relación con "LA FIRMA" y terceros (clientes, miembros y/o usuarios) que se encuentren involucrados en productos, proyectos, servicios, eventos o programas con "LA FIRMA" y posteriormente deberá firmar un "Convenio de Separación y/o Salida". Así mismo “EL/LA EMBAJADOR(A)" conviene y acepta que deberá hacer entrega de toda la información que tenga de estos terceros a "LA FIRMA" y abandonar y/o entregar todas las plataformas (Redes Sociales, Sitios Web, Sistemas, Programas) que tenga activas en sus dispositivos y/o herramientas de trabajo al momento de su salida tanto de estos terceros, como de "LA FIRMA".

R) Asumir por su propia cuenta todos los costos y gastos operativos personales, de traslado y alimentación que demanden sus actividades relacionadas hacia con "LA FIRMA" ya que no existe una relación laboral, sino una Colaboración Mutua en Sociedad y de negocios.


3.- OBLIGACIONES Y DERECHOS DE "LA FIRMA":

 

A) Dar a conocer al “EL/LA EMBAJADOR(A)" este Contrato de Colaboración Mutua y tenerlo siempre a la vista y conocimiento en esta página. Contrato INSIDER (www.influentialcompany.com/contratoinsider)


B) Mantener siempre una página de Atención al Colaborador y ofrecer datos de contacto de "LA FIRMA" para acceso de “EL/LA EMBAJADOR(A)". (www.influentialcompany.com/insidersonline)


C) Brindar capacitación “EL/LA EMBAJADOR(A)" sobre los productos, servicios, eventos y proyectos de "LA FIRMA" y la forma de comercializarlos, así como también sobre como construir su equipo de trabajo.


D) Atender los contratos, proyectos y ventas solicitadas por “EL/LA EMBAJADOR(A)" hacia con un tercero, siempre y cuando éstos hayan sido previamente pagados y cumplan con los requisitos establecidos en las Normas y Procedimientos internos de "LA FIRMA".


E) Efectuar en un plazo no mayor a 3 días hábiles una vez hayan sido liquidados por el cliente o por el usuario el pago de los bonos y/o comisiones a “EL/LA EMBAJADOR(A)" de conformidad con el Plan de Negocios estipulado en la "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla), a excepción que sea por causa ajena a la empresa o algún tema relacionado con alguna Institución Pública.


F) Atender a “EL/LA EMBAJADOR(A)" para aclarar cualquier pregunta y/o consulta respecto de este Contrato, los productos, proyectos, servicios y eventos de "LA FIRMA" y la forma en que opera el Plan de Negocios.


G) "LA FIRMA" se reserva el derecho a modificar de manera unilateral las Normas y Procedimientos y su Plan de Negocios, así como su "Tabla de Pagos INSIDERS Program" (click para ver la tabla) dando aviso por escrito a todos los/las “EMBAJADORES(AS)" a través de las publicaciones oficiales y a través de la Plataforma Oficial de INSIDERS Online (www.influentialcompany.com/inidersonline)

Dichas modificaciones entrarán en vigencia a partir de la fecha de publicación en los materiales y plataformas oficiales.

 

4.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" es un(a) contratista independiente y no son compradores de franquicia o de una oportunidad de negocio.

El Contrato entre "LA FIRMA" y “EL/LA EMBAJADOR(A)" independiente no crea una relación empleador/empleado entre "LA FIRMA" y “EL/LA EMBAJADOR(A)". Así que "LA FIRMA" asegura que los/las "EMBAJADORES(AS) independientes no serán tratados como empleados en la medida que no prestan servicios, ni para propósitos de seguridad social, o para propósitos tributarios. Todos los los/las "EMBAJADORES(AS) son responsables del pago de sus propios impuestos generados a raíz de la remuneración percibida como los/las "EMBAJADORES(AS) y de su seguridad social.


5.- La vigencia del Contrato será de un 1 (un) año a partir del momento del Registro Online llenado en la parte inferior de esta página Contrato INSIDER (www.influentialcompany.com/contratoinsider) por parte de “EL/LA EMBAJADOR(A)", toda vez que “EL/LA EMBAJADOR(A)" y "LA FIRMA" cumplan con las cláusulas establecidas en el Contrato y una vez pasando el año se tendrá que volver a llenar el Registro Online para renovar el contrato.

Sin embargo, cualquiera de las partes podrá darlo por terminado en cualquier momento mediante convenio por escrito o por cualquier medio electrónico. Este Contrato también podrá darse por terminado de manera inmediata cuando “EL/LA EMBAJADOR(A)" incumpla el Contrato, las Normas y/o Procedimientos de "LA FIRMA", o simplemente ya no se encuentre de acuerdo con alguna modificación al Plan de Negocios.


6.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acuerda que no podrá ceder, ni transferir en ningún momento a nadie, sus contratos, ni "EMBAJADORES(AS)" reclutados, sin previa autorización de "LA FIRMA", en caso de en caso de que el presente contrato se diera por terminado por cualquiera de las partes estos quedarán en plena responsabilidad de "LA FIRMA".


7.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" acepta mantener indemne a "LA FIRMA" y a sus Representantes Legales, Accionistas, Directivos y/o Empleados, por cualquier obligación, daño, multa, demanda, gasto (inclusive honorarios de abogados) o cualquier otra indemnización que fuere resultado de actos u omisiones de “EL/LA EMBAJADOR(A)", en la realización y operación de su negocio en colaboración con "LA FIRMA" en contravención al Contrato o a la ley.


8.- Este Contrato y sus anexos constituyen el convenio único entre Ambas Partes y por lo tanto, remplaza cualquier acuerdo o comunicación suscrita con anterioridad al mismo.

9.- Cualquier estipulación de este Contrato que sea declarada inválida o nula no afectará las otras estipulaciones del Contrato y Ambas Partes se comprometen a adaptar de inmediato y de buena fe las estipulaciones que reemplacen las declaradas nulas o inválidas siguiendo el espíritu de éstas.


10.- Mediante la firma del Contrato “EL/LA EMBAJADOR(A)" comprende, acepta y autoriza a "LA FIRMA" (su casa matriz o filiales) para recolectar, obtener, usar, compartir, transferir, ceder la información personal entregada a "LA FIRMA" con motivo de sus actividades en la organización, de manera total o parcial a terceras personas, incluyendo a otros SOCIOS y/o COLABORADORES en línea descendente y/o entidades afiliadas, de acuerdo con las leyes aplicables referente a la transferencia de datos personales. “EL/LA EMBAJADOR(A)" conoce y acepta que tiene el derecho y obligación de actualizar sus datos personales cuando estos cambien, o cuando sea solicitado por "LA FIRMA".


11.- “EL/LA EMBAJADOR(A)" podrá obtener Información Personal de sus clientes o de otros COLABORADORES, por lo que deberá guardarla y usarla (independientemente de la manera en que la haya obtenido o de la persona que la haya entregado), exclusivamente para fines de su negocio dentro de "LA FIRMA", y en cumplimiento de las leyes aplicables. “EL/LA EMBAJADOR(A)" podrá utilizar únicamente la información de terceros para su propio negocio en "LA FIRMA" pero no para otros fines; también deberá cumplir con las políticas de protección de información de las leyes mexicanas sobre protección de datos personales, y demás leyes aplicables. “EL/LA EMBAJADOR(A)" autoriza a "LA FIRMA" a usar su nombre, fotografía, historias personales o similares en el material publicitario o de promoción de "LA FIRMA", sin remuneración alguna a cambio.


12.- Al firmar este contrato con "LA FIRMA", “EL/LA EMBAJADOR(A)" autoriza a "LA FIRMA" (su casa matriz o filiales) a enviarle mensajes y/o comunicaciones por plataformas de mensajería instantánea al número de contacto y al correo electrónico aquí registrados.

 

13.- Firma de Contrato por Medios Electrónicos.- Las partes acuerdan que este contrato así como cualquier consentimiento, aprobación u otros documentos relacionados con el mismo pueden ser firmados en físico con una firma original autógrafa y/o también podrán ser firmados por medio del uso de firmas electrónicas, Registro de Formularios Online, digitales, numéricas, alfanuméricas, huellas de voz, biométricas o de cualquier otra forma y que dichos medios alternativos de firma y los registros en donde sean aplicadas dichas firmas, serán consideradas para todos los efectos, incluyendo pero no limitado a la legislación civil, mercantil, protección al consumidor y a la NOM-151-SCFI-2016, con la misma fuerza y consecuencias que la firma autógrafa original física de la parte firmante. Si el contrato o cualquier otro documento relacionado con el mismo es firmado por medios electrónicos o digitales, “Las Partes” acuerdan que los formatos del contrato y los demás documentos firmados de tal modo serán conservados y siempre estarán a disposición de AMBAS PARTES, por lo que convienen que cada una y toda la información enviada por el Proveedor a la dirección de correo electrónico proporcionada por EL CLIENTE al momento de celebrar el presente Contrato será considerada como entregada en el momento en que la misma es enviada, siempre y cuando exista confirmación de recepción.


14.- En caso de existir controversia Ambas Partes declaran intentar llevar el caso entre ellos mismos por la vía conciliatoria y en el caso de no poder resolver la controversia por esa vía, quedará sometido para su interpretación, aplicación, validez y cumplimiento a la jurisdicción y las leyes de la Entidad Federativa señalada al inicio en el Registro, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.

15.- Una vez leído y Aceptado este contrato, en el entendido que no existe dolo alguno, ni acto de mala fé, se aceptan todos los términos por Ambas Partes.

TABLA DE PAGOS "INSIDERS"

Tabla de Pagos INSIDER.png

REGISTRO DE CONTRATO

CONTRATO DE COLABORACIÓN
INSIDERS PROGRAM
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